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El pasaporte digital de circularidad de vehículos ya es ley de la UE

El Reglamento (UE) 2026/1738 ya está publicado. El pasaporte digital de circularidad de vehículos será obligatorio desde el 1 de septiembre de 2032.

· 10 min de lectura · InfoDPP

El pasaporte digital de circularidad de vehículos ya forma parte del Derecho de la UE

Las nuevas normas europeas de circularidad para el sector del automóvil ya están en vigor. El Reglamento (UE) 2026/1738 se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026. Entró en vigor el 13 de agosto de 2026, 20 días después de su publicación, y la mayoría de sus disposiciones se aplican a partir del 1 de septiembre de 2028.

El Reglamento crea un pasaporte digital de circularidad de vehículos para los vehículos cubiertos. La obligación del artículo 13 se aplica desde el 1 de septiembre de 2032. Se trata de una fecha jurídica fija, no de una estimación indicativa procedente de un programa de trabajo.

Situación jurídica a 20 de septiembre de 2026: el Reglamento (UE) 2026/1738 está en vigor. La obligación de pasaporte comienza el 1 de septiembre de 2032. El artículo 13, apartado 6, que faculta a la Comisión para adoptar actos de ejecución, se aplica desde el 14 de septiembre de 2026. El Reglamento exige adoptar las normas técnicas, las condiciones de acceso, la ubicación del soporte de datos y las reglas de actualización a más tardar el 14 de agosto de 2030.

Un régimen de pasaporte independiente, no un acto delegado del ESPR

El pasaporte digital de circularidad de vehículos no procede del Reglamento sobre Diseño Ecológico para Productos Sostenibles. Lo establece directamente el Reglamento sectorial para la industria del automóvil.

Esta distinción es importante. El ESPR, el Reglamento sobre baterías y el Reglamento (UE) 2026/1738 utilizan conceptos relacionados con la información digital de los productos. Sin embargo, cada norma tiene su propio ámbito, calendario y legislación secundaria. Cumplir los requisitos de un pasaporte no garantiza automáticamente el cumplimiento de los demás.

El artículo 13, apartado 1, exige la coherencia y la interoperabilidad con otros pasaportes medioambientales relativos a los vehículos establecidos en el Derecho de la UE y, cuando sea posible, su integración. Cita expresamente el pasaporte de baterías del Reglamento (UE) 2023/1542, el pasaporte medioambiental del vehículo (EVP) del Reglamento Euro 7 (UE) 2024/1257 y otros pasaportes digitales de productos pertinentes del ESPR. La información ya accesible mediante uno de estos pasaportes no debe duplicarse cuando se garantice la interoperabilidad.

Qué vehículos están cubiertos

El artículo 13 se aplica principalmente a turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos de las categorías M1 y N1 introducidos en el mercado de la UE desde el 1 de septiembre de 2032. La obligación de pasaporte de este artículo no se aplica a las categorías de vehículos pesados y remolques incluidas en la ampliación del ámbito prevista en el artículo 2, apartado 3.

El artículo 2, apartado 4, también excluye del artículo 13 a los vehículos de categoría L, y el apartado 5 excluye a los vehículos especiales. El apartado 2 excluye del Reglamento en su conjunto a los vehículos fabricados en series cortas y a otras categorías especificadas. Fabricantes e importadores deben comprobar estas disposiciones antes de asignar requisitos de pasaporte a una gama de modelos.

Qué debe contener el pasaporte

El artículo 13 no crea un perfil comercial genérico. Vincula el pasaporte con información reglamentaria concreta, que incluye:

  1. la información necesaria para retirar y sustituir piezas y componentes del vehículo conforme al artículo 11
  2. la información sobre piezas y componentes que contengan plomo, mercurio, cadmio o cromo hexavalente cuando se utilice una exención legal
  3. la declaración del contenido reciclado de los plásticos y otros materiales cubiertos por el artículo 10
  4. el catálogo oficial de recambios para el tipo de vehículo correspondiente

El acceso al pasaporte debe ser gratuito. Los datos deben basarse en normas abiertas y formatos interoperables, ser legibles por máquina, estructurados y consultables, y no generar dependencia de un único proveedor. Conforme al artículo 13, apartado 4, el fabricante debe garantizar que la información exigida sea exacta, completa y esté actualizada. El apartado 6 remite a los actos de ejecución las condiciones concretas de acceso y la protección de los datos y de los derechos de propiedad intelectual. No establece por sí mismo una distribución definitiva de funciones y permisos de usuario.

El calendario más amplio para el sector del automóvil

El pasaporte es uno de los elementos de un programa normativo más amplio:

FechaRequisito
13 de agosto de 2026Entrada en vigor del Reglamento
14 de septiembre de 2026El artículo 13, apartado 6, que habilita a la Comisión para adoptar los actos de ejecución, comienza a aplicarse
1 de septiembre de 2028Comienzo de la aplicación de la mayoría de las disposiciones del Reglamento
1 de septiembre de 2029Comienzo de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor y de la información sobre retirada y sustitución prevista en el artículo 11
14 de agosto de 2030Plazo para los actos de ejecución de la Comisión relativos al pasaporte
1 de septiembre de 2032Comienzo de la aplicación del pasaporte digital de circularidad de vehículos a los vehículos cubiertos y del primer objetivo de plástico reciclado a los nuevos tipos de vehículos correspondientes
1 de septiembre de 2036Comienzo de la aplicación del segundo objetivo de plástico reciclado a los nuevos tipos de vehículos correspondientes

El artículo 6 fija objetivos de contenido reciclado para los plásticos de los nuevos tipos de vehículos sujetos a la norma, no para la masa total del vehículo. En los tipos que obtengan una nueva homologación a partir del 1 de septiembre de 2032, al menos el 15 % de la masa de los plásticos debe proceder del reciclado de residuos plásticos posconsumo. El porcentaje aumenta al 25 % para los tipos que obtengan una nueva homologación a partir del 1 de septiembre de 2036. Se aplican las exclusiones de cálculo del artículo 6, apartado 3. Al menos el 20 % de cada objetivo debe alcanzarse con plásticos reciclados de vehículos al final de su vida útil o de piezas y componentes retirados durante su uso. Estas fechas de homologación no deben confundirse con la fecha de introducción en el mercado que determina la obligación de pasaporte.

Qué deben preparar fabricantes, importadores y operadores de la economía circular

Fabricantes de vehículos

Los fabricantes deben identificar la base jurídica de cada futuro campo del pasaporte, en lugar de crear un proyecto aislado centrado en el código QR. Una base útil consiste en vincular, con control de versiones, el tipo de vehículo, las piezas, los materiales, las exenciones de sustancias, la documentación sobre contenido reciclado, las instrucciones de retirada y el catálogo oficial de recambios.

La documentación aportada por los proveedores requiere la misma atención. Las declaraciones de contenido reciclado y la información sobre sustancias solo son fiables si la documentación que las respalda puede vincularse con un proveedor, un material, un componente y una versión del modelo.

Importadores

Los importadores necesitan un acceso garantizado por contrato a la misma documentación para los vehículos fabricados fuera de la UE. Una exportación de datos entregada poco antes de introducir el vehículo en el mercado rara vez será suficiente si después deben corregirse o auditarse declaraciones relativas a los componentes.

Talleres, desguazadores y recicladores

Estos operadores forman parte de los usuarios previstos del pasaporte. Conviene que preparen sus sistemas para identificar un vehículo y consultar su información sin generar copias contradictorias. La incorporación o modificación de datos deberá respetar las normas para terceros que se establezcan conforme al artículo 13, apartado 6, letra c). El Reglamento no concede por sí mismo a cada taller un derecho de edición ilimitado.

Qué está definido y qué requiere normas adicionales

El número del Reglamento, su publicación, su entrada en vigor, la fecha general de aplicación y la fecha del pasaporte, el 1 de septiembre de 2032, son definitivos. El artículo 13 también fija las principales categorías de contenido, el principio de acceso gratuito, las características técnicas y los requisitos generales de interoperabilidad.

Los actos de ejecución deben concretar la ubicación del soporte de datos, la arquitectura técnica, las condiciones de acceso, el tratamiento de datos, las actualizaciones por terceros y la interacción con otros pasaportes. También deben regular la disponibilidad del pasaporte si el fabricante responsable deja de existir o cesa su actividad en la UE. Estas son las cuestiones que deben seguirse antes del plazo de 2030.

La estrategia de preparación es, por tanto, clara: utilizar desde ahora el contenido jurídico y las fechas confirmadas para diseñar el modelo de datos, manteniendo la arquitectura técnica adaptable hasta que los actos de ejecución y las normas sean definitivos.

Un modelo de datos mínimo y práctico

Antes de que estén disponibles los actos de ejecución, un equipo del sector del automóvil puede crear un modelo independiente de la tecnología utilizada para organizar la documentación justificativa a partir del contenido jurídico ya definido en el artículo 13:

  1. identificadores de la categoría, el tipo, el modelo y la versión del vehículo
  2. identificadores de componentes y piezas vinculados con la versión correspondiente del vehículo
  3. información sobre retirada, sustitución y desmontaje exigida por el artículo 11
  4. exenciones relativas a metales restringidos vinculadas con la pieza afectada
  5. declaraciones de contenido reciclado con su ámbito material y de cálculo
  6. declaraciones de proveedores y documentación justificativa con historial de versiones
  7. el catálogo oficial de recambios y su historial de actualizaciones
  8. enlaces con los pasaportes de baterías, los pasaportes medioambientales del vehículo Euro 7 y los pasaportes ESPR que correspondan
  9. perfiles de acceso, estado de publicación y un registro de actualizaciones trazable

Este no es el esquema técnico definitivo. Es una base tecnológicamente neutral que podrá adaptarse a las normas de ejecución sin reconstruir la documentación subyacente.

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Fuentes oficiales


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